Por el despacho que và con esta, verà lo que su Magestad se à servido de mandar en orden a la cobrança de los trecientos y cincuenta mil ducados, que tocan a pagar a esta ciudad de Sevilla, y a las...
Por el despacho que và con esta, verà lo que su Magestad se à servido de mandar en orden a la cobrança de los trecientos y cincuenta mil ducados, que tocan a pagar a esta ciudad de Sevilla, y a las ciudades, villas, y lugares de su prouincia, y reynado, de los dos millones que deve el reyno de los servicios passados, que se àn de cobrar, y servir para ayuda a las provisiones del año que viene de seysticentos y treynta y ocho, de los exercitos que sustentan las armas de su Magestad. — [S.l. : s.n., s.a.][2] p. ; Fol.Se ha respetado la puntuación originalTexto fechado en Sevilla, septiembre de 1637Sign.: []1Sin objeto digital asociado. CCPBM - https://www.cultura.gob.es/cultura/areas/bibliotecas/mc/ccpb/que-es-ccpb.html1. Hacienda pública - España - S. XVII. 2. Impuestos - Recaudación - España - S. XVII.
Real Academia de la Historia
Signatura: 9/3672(84) — Signatura anterior: Olim: T-99(84) — Notas: Procede de la Colección Jesuitas