Hacienda. Sección de Recaudación. Subdivisión 6ª. Crédito Público. Con esta fecha comunico de real órden á la Junta nacional de Crédito Público para su cumplimiento lo que sigue: "El Rey se ha...
España. Ministerio de Hacienda[Decreto, 1820-11-19]Hacienda. Sección de Recaudación. Subdivisión 6ª. Crédito Público. Con esta fecha comunico de real órden á la Junta nacional de Crédito Público para su cumplimiento lo que sigue: "El Rey se ha servido dirigirme el decreto siguiente: D. Fernando VII por la gracia de Dios y por la Constitución de la monarquía española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: que las Córtes han decretado lo siguiente: Las Córtes, usando de la facultad que se les concede por la Constitución, han decretado [...]. — [S.l] : [s.n.], [s.a.]15 p. ; 30 cm.Tít. tomado de principio de texto. — Se ha respetado la puntuación original. — Certifica la copia José Cangas ArgüellesTraslado del real decreto fechado el 20 de noviembre de 1820Sin objeto digital asociado. CCPBM - https://www.cultura.gob.es/cultura/areas/bibliotecas/mc/ccpb/que-es-ccpb.html1. Deuda pública - España - S. XIX - Legislación. 2. España - Historia - 1820-1823 (Trienio constitucional). I. Canga Argüelles, José, 1771-1842. II. Title. 347
Royal Spanish Academy
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