Tomò a su cargo estas rentas por siete años, que tuuieron principio en ... 1663. y cumpliràn en fin de abril ... de 1670. en precio el primer año, à razon de à 251.qs.741[mil]368. marauedis, y en...
Tomò a su cargo estas rentas por siete años, que tuuieron principio en ... 1663. y cumpliràn en fin de abril ... de 1670. en precio el primer año, à razon de à 251.qs.741[mil]368. marauedis, y en cada vno de los siguientes, à raz¯o de 261.qa.741[mil]368. marauedis, y mas sobre dichos precios, el vno y medio por ciento en plata ... respecto de lo qual se haze la cuenta de lo q[ue] deuiò pagar en ... 1663. Y en los dos años enteros de 1664. y 1665 cuyo cargo importa para la cuenta del recudimiento deste año de 1666. de que son los plaços cumplidos, y pagaderos. — [S.l. : s.n., s.a.]4 h. ; Fol.Se ha respetado la puntuación original. — Arancel sobre el arrendamiento del almojarifazgo mayor de Sevilla, a Francisco Báez Eminente por cédula de 5 de junio de 1663Texto fechado en Madrid, 1 de julio de 1666Sign.: A4Sin objeto digital asociado. CCPBM - https://www.cultura.gob.es/cultura/areas/bibliotecas/mc/ccpb/que-es-ccpb.html1. Báez Eminente, Francisco. 2. Impuesto del almojarifazgo - Sevilla - S. XVII. 3. España - Hacienda - S. XVII.
Real Academia de la Historia
Call number: 9/3767(13) — Signatura anterior: Olim: T-194(13) — Notes: Procede de la Colección Jesuitas