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Por el Fiscal Eclesiastico de la ciudad, y arzobispado de Granada, en defensa de la jurisdicion, è immunidad eclesiastica. En el pleyto, con el Fiscal de su Magestad en esta Real Chancilleria, y...

Granada (Archidiócesis). Fiscal Eclesiástico ‌
Por el Fiscal Eclesiastico de la ciudad, y arzobispado de Granada, en defensa de la jurisdicion, è immunidad eclesiastica. En el pleyto, con el Fiscal de su Magestad en esta Real Chancilleria, y con el Alcalde mayor del Crimen, por la jurisdicion real. — [S.l. : s.n., s.a.]
20 [i.e. 22] h. ; Fol.
Se ha respetado la puntuación original. — Texto firmado por el "Licenciado Herrera Pareja". — Precede al tít.: "IHS"
En h. 17 consta el año 1650
Sign.: A-L2. — Error de fol., la h. 19 aparece como 16 y después de la h. 20, repite las h. 19 y 20
Sin objeto digital asociado. CCPBM - https://www.cultura.gob.es/cultura/areas/bibliotecas/mc/ccpb/que-es-ccpb.html
1. Fuero eclesiástico - S. XVII ‌. 2. Granada - Historia eclesiástica - S. XVI-XVII ‌. I. Herrera Pareja, Juan de ‌. II. Castilla. Real Chancillería de Granada. Fiscal ‌. III. Castilla. Real Chancillería de Granada. Alcalde mayor del crimen ‌. IV. Título.
Real Academia de la Historia
Signatura: 9/3739(11) — Signatura anterior: Olim: T-166(11) — Notas: An. ms. en h. 1 " ... Herrera Pareja" Procede de la Colección Jesuitas
Encuadernación:
Enc. perg. deteriorada.