Pragmatica para que no se pueda recusar aningun [sic] iuez de los que huuieren votado y remitido el pleyto, en que han sido iuzes [sic], sino fuere por causas nacidas despues de la remission.
Sección: Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico MadrileñoTítulo uniforme: Pragmática, 1613-11-23Título: Pragmatica para que no se pueda recusar aningun [sic] iuez de los que huuieren votado y remitido el pleyto, en que han sido iuzes [sic], sino fuere por causas nacidas despues de la remission.Publicación: En Madrid : por Iuan de la Cuesta : vendese en casa de Francisco de Robles ..., 1613.Descripción física: [4] h. ; Fol.Notas: Existe otra ed. con el mismo pie de imp. (Gil Ayuso nº 686)Referencias: Gil Ayuso, nº 687Pragmática fechada en El Pardo, 23 de noviembre de 1613 y Publicación en Madrid, 27 de noviembre de 1613.Sign.: A4.Port. con esc. xil. real.Letras capitales ornadas.Materia / lugar / evento: Jueces - Legislación - España - S. XVIINombre jerárquico lugar: España - MadridOtros autores: Felipe III Rey de España, 1578-1621ed.:Robles, Francisco de, ed.imp.:Cuesta, Juan de la, fl. 1588-1625, imp.Tipo de publicación: LibrosDerechos: Sin objeto digital asociadoOtros temas relacionados: Legislación España S. XVII JuecesEjemplares: Real Academia de la Historia